Las leyes de defensa personal de Nueva York permiten a los ciudadanos que se enfrentan a un peligro inmediato protegerse utilizando la fuerza física. Aunque la ley de Nueva York permite el uso de la fuerza física letal en virtud de la Doctrina del Castillo en algunas circunstancias, el estado de Nueva York también impone el deber de retirarse en otros casos.

Las leyes relativas a la defensa propia en Nueva York pueden ser extremadamente difíciles de comprender. A pesar de la confusión que rodea a las leyes de autodefensa o retirada, en situaciones de gran presión, independientemente de lo que permita la ley de Nueva York, la mayoría de nosotros haremos lo que sea necesario para protegernos. Un abogado penalista experimentado puede ayudar a un juez o a un jurado a comprender la justificación del uso de la fuerza física cuando se ve acorralado en una esquina metafórica.

Si te han acusado de un delito violento, puedes alegar defensa propia como justificación legal de tus actos. El abogado penalista Gianni Karmily, del condado de Nassau, Long Island, puede evaluar tu situación y construir una sólida alegación de legítima defensa como defensa válida contra los cargos penales.

Tenemos varias sedes, así que llama al despacho de abogados más cercano a ti. Puedes ponerte en contacto con nuestra oficina de Great Neck en el (516) 630-3405 y con nuestra oficina de Hampstead en el (516) 614-4228.

¿Qué es la autodefensa?

La defensa propia en Nueva York es una importante defensa penal que permite a las personas protegerse a sí mismas o a otros de agresiones y otros delitos violentos mediante el uso de la fuerza física y, en algunos casos, incluso de la fuerza física mortal. Las leyes de legítima defensa ayudan a las personas a evitar el procesamiento penal si colaboran en detenciones ciudadanas, detienen un delito o se defienden a sí mismas o a un tercero contra una amenaza inminente o el uso ilegal inminente de la fuerza.

En Nueva York, la legítima defensa también se conoce como «justificación».

Es importante tener en cuenta que la defensa propia sólo puede utilizarse como justificación legal de dicha fuerza en circunstancias muy concretas, como cuando te proteges de un daño claro e inminente o evitas que se produzca un delito violento. Las leyes de defensa propia de Nueva York definen exactamente qué situaciones permiten el uso de la fuerza física, pero no mortal, y qué situaciones permiten el uso de la fuerza mortal.

Leyes de Defensa Personal de NY: Defensa Justificada en Nueva York

Leyes de Defensa Personal de NY: Defensa Justificada en Nueva York

La justificación de la defensa propia se define en la Ley Penal de Nueva York, secciones 35.00 a 35.30. Define la legítima defensa como el uso de fuerza física o conducta justificable (que de otro modo sería ilegal) para evitar un daño físico público o privado inminente. El uso de la fuerza física -no mortal- puede ser lícito:

  • como medida de emergencia para impedir que alguien se suicide o se provoque lesiones físicas graves
  • para evitar que alguien lesione a un tercero utilizando la fuerza física u otros delitos violentos
  • en la prevención de un delito de daños a la propiedad
  • para detener una intrusión delictiva en una propiedad privada
  • para detener un intento de robo
  • en la prevención del hurto o de los delitos contra la propiedad
  • cuando ayudes a los agentes de policía en detenciones ciudadanas o impidas una fuga de la custodia

El uso de la fuerza física, incluso de la fuerza física no mortífera, no se aplica a todas las situaciones. Los individuos no pueden utilizar la justificación de dicha fuerza como defensa propia cuando:

  • Fueron el agresor inicial: ser el agresor inicial anula la noción de creencia razonable de que existía una amenaza inminente de daño físico.
  • Ambas partes combatían de común acuerdo
  • Resistencia a la detención de agentes de la autoridad en el ejercicio razonable de sus funciones.

Determinadas personas pueden utilizar la fuerza física en situaciones en las que no hay un uso inminente ilegal de la fuerza para mantener la disciplina. Esto puede incluir a los padres (en algunos casos), a los guardianes de prisiones, a los médicos y a la policía, que pueden utilizar la justificación de la autodefensa al imponer disciplina o cumplir sus obligaciones profesionales.

Deber de retirada en Nueva York

En Nueva York, la ley sobre el deber de retirarse impone el deber de retirarse antes de que la persona pueda recurrir al uso de la fuerza física, especialmente de la fuerza física mortal en defensa propia. Es importante tener en cuenta que el deber de retirarse sólo se impone a quien puede retirarse con total seguridad.

Este concepto permite a las personas evitar el procesamiento penal después de que utilicen la fuerza física para defenderse o defender a otros de una fuerza física ilegal inminente si la persona cree razonablemente que la amenaza de lesión física a menos que:

  • Pueden retirarse a una seguridad personal completa
  • Están en su propia casa
  • Son agentes de policía o agentes de la paz

Básicamente, si alguien tiene la capacidad de retirarse para ponerse completamente a salvo, no tiene derecho a utilizar la fuerza física contra otra persona. Sin embargo, es importante tener en cuenta que el deber de retirarse no se aplica a nadie que se enfrente a una amenaza de fuerza letal o si el ejercicio del deber de retirarse les pusiera a ellos o a otros en mayor peligro.

Doctrina del Castillo Nueva York (Stand Your Ground Law New York)

La Doctrina del Castillo en Nueva York se aplica a las víctimas de un delito violento en su propio domicilio. Aunque Nueva York no tiene una ley específica de «stand your ground», como la mayoría de los estados, los legisladores comprenden la necesidad de que los propietarios puedan protegerse en sus propias casas. Aunque Nueva York impone el deber de retirarse, también te permite «defenderte» dentro de los límites de tu propia casa o propiedad.

Los propietarios tienen derechos especiales en virtud de las leyes de autodefensa de Nueva York, que les permiten defender su casa o «castillo» contra los intrusos. Esencialmente, la doctrina del castillo permite a las personas utilizar la fuerza física, incluida la fuerza letal si es necesario, para impedir o detener la comisión de determinados delitos en sus instalaciones, ya que no pueden retirarse con seguridad.

Los propietarios pueden utilizar fuerza física no mortífera para impedir o detener:

  • allanamiento criminal o incendio provocado de su propiedad
  • robo
  • hurto o delito contra la propiedad

En el Estado de Nueva York, los ciudadanos pueden utilizar la fuerza física, pero no la fuerza física mortal, cuando la víctima crea razonablemente que el uso de la fuerza física es necesario para impedir un delito que implique daños, como la alteración del orden público, a la propiedad. Esto se aplica tanto si el uso de la fuerza física fue promulgado por el propietario como si éste tiene el control del edificio ocupado. Sin embargo, el uso de la fuerza física letal sólo puede utilizarse cuando la persona crea razonablemente que el uso de la fuerza física letal es necesario para detener un incendio provocado o un intento de incendio provocado.

Los propietarios o quienes posean o sean propietarios de un edificio ocupado pueden utilizar la fuerza física letal si la persona cree razonablemente que el uso de la fuerza letal es necesario para detener lo que la víctima cree razonablemente que es un intento de robo.

Estas disposiciones adicionales otorgan a los propietarios derechos adicionales, ampliando el número de situaciones en las que pueden utilizar la justificación de la legítima defensa. También garantizan que los propietarios puedan tomar medidas de emergencia razonables contra los agresores cuando defienden su propiedad y a sus familias.

Si te han acusado de delito de daños, ponte en contacto con el abogado especializado en delitos de daños de Long Island, Gianni Karmily.

Doctrina del Castillo Nueva York (Stand Your Ground Law New York)

Uso de fuerza letal para evitar fuerza física mortal, secuestro, robo con allanamiento de morada o un acto sexual delictivo forzado

Según el artículo 35 de la Ley Penal de Nueva York, las personas pueden utilizar la fuerza física mortal para defenderse a sí mismas y a los demás cuando la persona no es el agresor inicial y cree razonablemente que el agresor está utilizando o va a utilizar pronto la fuerza mortal o un arma mortal. Para las situaciones que ocurran fuera de tu residencia, tienes un deber limitado de retirada según la ley de Nueva York.

En segundo lugar, si un agente de policía da instrucciones a una persona para que colabore en una detención o impida una huida, puede utilizar la fuerza física letal cuando exista la creencia razonable de que el autor presenta una amenaza inminente y la fuerza letal es necesaria para la autodefensa, o el agente de policía le da instrucciones para hacerlo. Al ayudar en una detención sin recibir instrucciones de un agente de policía, una persona sólo puede utilizar la fuerza física letal cuando el autor intente dañar a la persona que ayuda o a un tercero o el ayudante crea razonablemente que es necesaria la fuerza letal para defenderse a sí mismo o a un tercero de una amenaza inminente de fuerza letal. Es importante señalar que la norma anterior sólo se aplica a quienes han presenciado físicamente un acto delictivo o han recibido instrucciones de los agentes de policía para participar en esa conducta. La ley de Nueva York no justifica que alguien crea razonablemente que otra persona ha cometido un acto delictivo y utilice la fuerza para detener un delito no violento. La ley exige algo más que una creencia razonable de que la persona cometió un acto delictivo.

La ley de Nueva York ha establecido disposiciones en situaciones limitadas en las que una persona puede utilizar la fuerza física letal para protegerse a sí misma y a los demás de determinados delitos violentos y delitos sexuales en el estado de Nueva York. Las personas pueden utilizar la fuerza letal cuando impiden o detienen a alguien que comete un delito:

  • Secuestro
  • Violación forzada
  • Abuso sexual con agravantes
  • Acto sexual delictivo forzado
  • Robo

Abogado Penalista Experimentado En Long Island

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