¿Cómo define la ley de Nueva York los delitos sexuales?

¿De qué manera la violación, la agresión sexual y el abuso sexual son delitos distintos en el Estado de Nueva York? Aquí es cómo son similares: Si usted es acusado de cualquiera de estos delitos en o cerca de Long Island, debe llegar y ponerse en contacto con un abogado de delitos sexuales del condado de Nassau inmediatamente.

En Nueva York se tipifican como delitos sexuales una serie de infracciones penales, y aunque algunos delitos sexuales se consideran más graves que otros, la violación, la agresión sexual y el abuso sexual se encuentran entre los más graves y conllevan las penas más duras en caso de condena.

¿Cuáles son sus derechos si se le acusa de uno de estos delitos y qué pasos deberá dar? ¿Cómo puede un Abogado de delitos sexuales del condado de Nassau luchar por la justicia en su nombre? Siga leyendo para encontrar las respuestas que puede necesitar ahora o en el futuro.

¿Cómo se clasifican los delitos de violación?

He aquí cómo se clasifican y definen los delitos de violación en Nueva York:

  1. La violación en primer grado (delito grave de clase B) es el uso de la fuerza para mantener relaciones sexuales; o las relaciones sexuales con alguien que no puede dar su consentimiento porque está físicamente indefenso; o las relaciones sexuales con alguien menor de 11 años o con alguien menor de 13 años si el presunto violador tiene 18 años o más.
  2. La violación en segundo grado es un delito grave de clase D que se define como el coito con alguien que no puede dar su consentimiento porque está mentalmente discapacitado o incapacitado; o, si el presunto violador tiene 18 años o más, el coito con alguien menor de 15 años.
  3. La violación en tercer grado es un delito grave de clase E definido como relaciones sexuales con alguien que no puede dar su consentimiento por alguna razón que no sea la de ser menor de 17 años; o como relaciones sexuales con alguien sin el consentimiento de esa persona cuando la falta de consentimiento se debe a algo que no sea la incapacidad de dar su consentimiento.

También se acusa de violación en tercer grado a una persona de 21 años o más que presuntamente haya mantenido relaciones sexuales con un menor de 17 años.

¿Cómo se clasifican los delitos de «agresión sexual»?

He aquí cómo se clasifican y definen los delitos de agresión sexual en Nueva York. La agresión sexual predatoria (un delito grave de clase A-II) se define como la comisión de uno de los siguientes delitos y causar lesiones graves a una víctima o amenazar con el uso inminente de un instrumento peligroso:

  1. violación en primer grado
  2. acto sexual criminal en primer grado
  3. abuso sexual agravado en primer grado
  4. conducta sexual en primer grado contra un niño

Agresión sexual predatoria contra un niño (también un delito grave de Clase A-II) es el cargo cuando se comete una agresión sexual predatoria contra una víctima menor de 13 años y el presunto autor tiene 18 años o más.

¿Cómo se clasifican los delitos de «abuso sexual»?

Los fiscales de Nueva York disponen de ocho cargos diferentes por abusos sexuales. He aquí cómo se clasifican los delitos de abuso sexual en este estado:

  1. El abuso sexual en primer grado es un delito grave de clase D.
  2. El abuso sexual en segundo grado es un delito menor de clase A.
  3. El abuso sexual en tercer grado es un delito menor de clase B.
  4. El abuso sexual persistente es un delito grave de clase E.
  5. El abuso sexual agravado en primer grado es un delito grave de clase B.
  6. El abuso sexual agravado en segundo grado es un delito grave de clase C.
  7. El abuso sexual agravado en tercer grado es un delito grave de clase D.
  8. El abuso sexual agravado en cuarto grado es un delito grave de clase E.

¿Qué constituye un delito de abuso sexual?

Someter a alguien a contacto sexual sin consentimiento es abuso sexual en tercer grado. El abuso sexual en segundo grado se produce cuando alguien somete a otra persona a contacto sexual sin consentimiento y la víctima es menor de 14 años o no puede dar su consentimiento debido a algún factor distinto de ser menor de 17 años.

El abuso sexual en primer grado ocurre cuando alguien somete a otra persona a contacto sexual por:

  1. coacción física; o
  2. la otra persona no puede dar su consentimiento porque está físicamente indefensa; o
  3. es menor de 11 años; o
  4. es menor de 13 años y el presunto autor tiene 21 años o más

¿Qué constituye abuso sexual con agravantes?

En este estado, el abuso sexual con agravantes se produce cuando alguien introduce un dedo o un objeto extraño en el ano, recto, pene, uretra o vagina de otra persona. El cargo es:

  1. abuso sexual con agravantes de primer grado si el autor utiliza la coacción forzosa y un objeto extraño causando lesiones físicas a la víctima; o la víctima no puede dar su consentimiento porque está físicamente indefensa, o la víctima es menor de 11 años.
  2. abuso sexual con agravantes de segundo grado si el autor utiliza la coacción por la fuerza y un dedo causando lesiones físicas a la víctima, o la víctima no puede dar su consentimiento porque está físicamente indefensa, o la víctima es menor de 11 años.
  3. abuso sexual con agravantes en tercer grado si el autor utiliza la coacción forzosa y un objeto extraño, y la víctima no puede dar su consentimiento porque está físicamente indefensa, o la víctima es menor de 11 años. También se considera abuso sexual con agravantes en tercer grado si el agresor utiliza un objeto extraño que causa lesiones físicas a la víctima y ésta no puede dar su consentimiento por estar mentalmente incapacitada o discapacitada.
  4. abuso sexual con agravantes de cuarto grado si el autor utiliza un dedo o un objeto extraño y la víctima no puede dar su consentimiento por un motivo distinto a ser menor de 17 años.

Que un profesional de la medicina toque a alguien con un fin médico válido no constituye abuso sexual ni abuso sexual con agravantes.

¿Qué otros delitos sexuales se persiguen en Nueva York?

Los fiscales de este estado pueden presentar otros cargos por delitos sexuales, como conducta sexual inapropiada, incitación y pornografía «vengativa».

Si usted es acusado de cualquier delito sexual en o cerca de Long Island, debe ser asesorado y representado por un abogado de delitos sexuales del Condado de Nassau, y debe ponerse en contacto con ese abogado tan pronto como sea posible.

Pero, ¿cómo encontrar un abogado experto y con experiencia en la defensa de acusados de delitos sexuales? ¿Cómo puede encontrar un abogado que luche con ahínco y diligencia por la justicia que necesita?

¿Por qué elegir al abogado Gianni Karmily?

Si se le acusa de un delito sexual, su libertad y su futuro estarán en peligro. Debe estar representado y asesorado por un abogado especializado en delitos sexuales del condado de Nassau que le defienda de forma agresiva y eficaz. En Long Island, ese abogado es Gianni Karmily.

En la mayoría de los casos, cuando el cargo es un delito sexual, el abogado Gianni Karmily negociará un acuerdo aceptable, o si el acuerdo no es satisfactorio para el cliente, llevará su caso a juicio. Por supuesto, cada caso es único, y una estrategia de defensa específica dependerá de los detalles del caso.

Con oficinas en Hempstead y Great Neck, el bufete de abogados de Gianni Karmily está listo para luchar en su nombre, proteger sus derechos, y llevar su caso de delito sexual a su mejor conclusión posible. Si usted es acusado de un delito sexual en o cerca de Long Island – ahora o en el futuro – llame inmediatamente a la Firma de Abogados de Gianni Karmily en 516-630-3405 para programar una evaluación en profundidad del caso.