Abogado de Delitos Menores del Condado de Nassau, Long Island
Si te han acusado de un delito menor en Nueva York, puede que te sientas inseguro sobre tu futuro. Aunque los delitos menores en Nueva York no son tan graves como los delitos graves, una condena por un delito menor puede conllevar penas de cárcel, multas, libertad condicional y antecedentes penales, consecuencias que pueden afectar a tu empleo, reputación y vida personal. Contar con la representación legal de un abogado penalista puede marcar la diferencia. Gianni Karmily, abogado defensor en el Condado de Nassau, Long Island, se compromete a proteger tus derechos, construir una defensa sólida y luchar por el mejor resultado posible en tu caso de delito menor.
No pongas en peligro tu libertad: busca cuanto antes la representación legal del abogado penalista Gianni Karmily, en delitos menores de Long Island.
Para programar una evaluación confidencial de tu caso con el Bufete de Abogados de Gianni Karmily, PLLC, llama a la oficina de Great Neck al (516) 630-3405 o a la de Hempstead al (516) 614-4228.
Clasificación de los delitos menores de Nueva York
En Nueva York, los delitos menores se clasifican en Clase A, Clase B y sin clasificar. Los delitos menores de Clase A y Clase B se definen en la Ley Penal. Los de clase A conllevan penas máximas más elevadas que los de clase B. Los delitos menores no clasificados se establecen por estatutos ajenos a la Ley Penal y varían en gravedad. Algunos tienen penas iguales o mayores que los delitos menores de clase A, mientras que otros son menos graves.
Delito menor de clase A NY
Los delitos menores de clase A son los delitos menores más graves según la Ley Penal de Nueva York. Estos delitos están un escalón por debajo de un delito grave. Algunos ejemplos de delitos menores de clase A en Nueva York son:
Delitos menores con armas, de agresión y violentos
- Agresión en tercer grado § 120.00 – Los cargos por agresión en tercer grado en Nueva York se producen cuando una persona, de forma intencionada, imprudente o con negligencia criminal, mediante un arma mortal o un instrumento peligroso, causa lesiones físicas a otro individuo.
- Amenaza en segundo grado § 120.14 – Los cargos por amenaza en Nueva York implican poner o intentar poner intencionadamente a otra persona en peligro de sufrir lesiones físicas, lesiones graves o la muerte mostrando un arma mortal, un instrumento peligroso o lo que parece ser un arma de fuego.
- Acoso en tercer grado § 120.50 – Implica realizar repetidamente conductas que hagan temer intencionadamente a otra persona daños físicos, daños a la propiedad o perjuicios a sus relaciones laborales o comerciales.
- Delito de obstrucción a la respiración o a la circulación sanguínea § 121.11 – El cargo de obstrucción a la respiración en Nueva York es un delito menor que se aplica cuando una persona presiona la garganta o el cuello de otra o le bloquea la nariz o la boca, restringiendo su capacidad de respirar.
- Posesión criminal de un arma en cuarto grado § 265.01 – Este cargo por delito de armas en Nueva York implica la posesión ilegal de un arma, como un arma de fuego, una navaja automática u otros instrumentos peligrosos, con la intención de utilizarla ilegalmente contra otra persona.
- Encarcelamiento ilegal en segundo grado § 135.05 – Ocurre cuando una persona retiene a otra de forma ilegal y sin consentimiento.
Si te enfrentas a cargos por delitos menores según la Ley Penal de Nueva York, necesitarás una sólida representación legal. Ponte en contacto con el abogado defensor de delitos menores del Condado de Nassau, Long Island, Gianni Karmily, para hablar de tu caso de delito menor.
Delitos contra la propiedad, los negocios y los robos
- Delito contra la propiedad en cuarto grado § 145.00 – Una persona comete delito contra la propiedad en cuarto grado en Nueva York al dañar intencionadamente la propiedad de otra persona sin permiso.
- Incendio premeditado en quinto grado § 150.01 – Cuando una persona daña intencionadamente la propiedad de otra sin consentimiento del propietario provocando intencionadamente un incendio o causando una explosión, puede ser acusada de incendio premeditado en quinto grado según la Ley Penal de Nueva York.
- Hurto menor (hurto menor de 1,000 dólares) § 155.25 – La diferencia entre el hurto menor y los niveles superiores de hurto en Nueva York es el valor monetario de la propiedad supuestamente robada. Se acusa a una persona de hurto menor o pequeño hurto cuando se apodera ilegalmente de bienes valorados en 1,000 dólares o menos con la intención de privar permanentemente al propietario. Ponte en contacto con el abogado defensor de delitos de hurto del Condado de Nassau, Long Island, Gianni Karmily, para obtener más información.
- Posesión en quinto grado de bienes robados § 165.40 – Una persona comete este delito al poseer a sabiendas bienes robados, independientemente de cómo los haya adquirido.
- Falsificación en tercer grado § 170.05 – Este delito menor se produce cuando una persona falsifica, completa o altera un instrumento escrito con intención de defraudar.
- Posesión delictiva en tercer grado de un instrumento falsificado § 170.20 – Se acusa a una persona de este delito menor cuando posee a sabiendas un documento falsificado con intención de utilizarlo o hacerlo pasar por auténtico.
- Extorsión de alquiler en segundo grado § 180.56 – Este delito menor se produce cuando un propietario cobra ilegalmente un alquiler excesivo infringiendo las leyes de control o estabilización de alquileres.
- Allanamiento de morada en segundo grado § 140.15 – Una persona comete este delito menor al entrar o permanecer ilegalmente en una vivienda sin permiso. Si te preguntas cómo superar una acusación de allanamiento de morada en Nueva York, ponte en contacto con Gianni Karmily, abogado defensor de allanamiento de morada de Long Island.
- Conspiración de segundo grado para defraudar § 190.60 – Cuando una persona participa en una conspiración con intención de defraudar a varias personas y obtiene bienes de al menos una de ellas, se le imputan cargos por conspiración de segundo grado para defraudar en Nueva York.
- Profanación de cementerio en segundo grado § 145.22 – Una persona es culpable de profanación de cementerio en segundo grado si daña, destroza o roba en una parcela de cementerio o lugar de enterramiento.
- Posesión de Registros de Préstamos Usurarios § 190.45 – Este delito menor implica la posesión de registros de préstamos ilegales a alto interés, comúnmente asociados con la usura.
- Desvalijamiento de vehículos en tercer grado § 165.09 – Una persona comete este delito quitando o dañando partes de un vehículo sin el consentimiento del propietario.
Aunque no es tan grave como un delito grave, una condena por un delito menor puede tener efectos duraderos en tu vida. Si te enfrentas a cargos por delitos menores en el estado de Nueva York, el abogado Gianni Karmily, defensor criminalista de delitos menores en el Condado de Nassau, Long Island, te ofrece una hábil representación legal.
Cargos por puesta en peligro
- Poner en peligro el bienestar de un menor § 260.10 – Una persona comete un delito de poner en peligro el bienestar de un menor en Nueva York al actuar a sabiendas de un modo que probablemente perjudique el bienestar físico, mental o moral de un menor de 17 años.
- Poner en peligro en segundo grado el bienestar de una persona incompetente o físicamente discapacitada § 260.24 – Esto ocurre cuando una persona adopta imprudentemente una conducta que probablemente cause lesiones o daños a una persona que no puede cuidar de sí misma debido a una discapacidad o deficiencia.
- Imprudencia temeraria en segundo grado § 120.20 – Ocurre cuando una persona realiza imprudentemente una conducta que crea un riesgo sustancial de lesiones físicas graves a otra.
Si te enfrentas a cargos por este delito menor en Nueva York, ponte en contacto con el abogado en imprudencia temeraria del Condado de Nassau, Long Island, Gianni Karmily.
Delitos sexuales y violaciones del pudor público
- Conducta Sexual Inapropiada § 130.20 – Una persona comete este delito al mantener una conducta sexual vaginal, oral o anal sin el consentimiento de la otra persona.
- Tocamientos Forzados § 130.52 – Una persona comete este delito al tocar intencionadamente las partes íntimas de otra persona sin su consentimiento.
- Obscenidad en tercer grado § 235.05 – Se produce cuando una persona, a sabiendas, promueve, vende o distribuye material obsceno.
- Promoción de la prostitución en cuarto grado § 230.20 – Una persona es culpable de este delito cuando, a sabiendas, promueve la prostitución o se beneficia de ella.
Los delitos menores relacionados con el sexo conllevan duras penas según la Ley Penal de Nueva York. Para una representación legal, ponte en contacto con el abogado en delitos sexuales del Condado de Nassau, Long Island, Gianni Karmily.
Acoso, amenazas y delitos contra el orden público
- Acoso con agravantes de segundo grado § 240.30 – Por definición, el acoso en Nueva York consiste en realizar una conducta con intención de acosar, molestar, alarmar o amenazar a otra persona. Una persona se enfrentará a cargos de delito menor de acoso en Nueva York por comunicar amenazas o participar en una conducta de acoso con la intención de molestar, amenazar o alarmar a otra persona.
- Denuncia falsa de un incidente en tercer grado § 240.50 – Esto ocurre cuando una persona proporciona a sabiendas información falsa sobre un delito, una emergencia o una catástrofe, provocando una alarma pública o una respuesta innecesaria de los agentes de policía.
- Disturbio en segundo grado § 240.05 – Este delito implica a cuatro o más personas que participan en una conducta violenta o tumultuosa que crea un grave riesgo de alarma pública.
- Incitación a los disturbios § 240.08 – Una persona comete este delito menor al instar o instigar a diez o más personas a participar en una conducta tumultuosa y violenta que pueda crear alarma pública.
- Coacción en tercer grado § 135.60 – Se produce cuando una persona obliga a otra a actuar contra su voluntad amenazándola con daños físicos, daños materiales u otras formas de presión.
Si te enfrentas a cargos por delitos menores en Nueva York, ponte en contacto con Gianni Karmily, abogado defensor de delitos menores del Condado de Nassau, Long Island.
Obstrucción a la Justicia y a la Administración Pública
- Obstrucción a la Administración Gubernamental en Segundo Grado § 195.05 – Una persona comete este delito al interferir intencionadamente con un funcionario público en el desempeño de sus funciones oficiales.
- Fuga en tercer grado § 205.05 – Se produce cuando una persona se fuga ilegalmente de la custodia.
- Resistencia a la autoridad § 205.30 – Una persona es culpable de resistencia a la autoridad en Nueva York cuando impide o intenta impedir intencionadamente que un agente de policía lleve a cabo una detención autorizada.
- Manipulación de un testigo en cuarto grado § 215.10 – Cuando una persona intenta intencionadamente inducir a un testigo a que evite declarar o a que preste falso testimonio, puede ser acusada de manipulación de un testigo en cuarto grado en Nueva York.
- Manipulación de un Jurado en Primer Grado § 215.25 – Cuando una persona intenta influir en un jurado mediante intimidación o medios ilícitos, según la Ley Penal de Nueva York, puede ser acusada de manipulación de un jurado en primer grado.
- Compounding a Crime §215.45 – Se acusa a una persona de este delito si acepta o acuerda aceptar un beneficio a cambio de no denunciar un delito.
- Desacato penal en segundo grado § 215.50 – Cuando una persona desobedece voluntariamente una orden judicial o tiene un comportamiento perturbador en el tribunal, puede ser acusada de desacato penal en segundo grado en Nueva York.
- Saltarse la fianza en tercer grado § 215.55 – Cuando una persona no comparece ante el tribunal tras haber sido puesta en libertad bajo fianza por un delito menor, puede ser acusada de saltarse la fianza en tercer grado según la Ley Penal de Nueva York.
- Disposición ilícita de bienes sujetos a confiscación § 215.80 – Una persona es culpable de disposición ilícita de bienes sujetos a confiscación si transfiere u oculta bienes sujetos a confiscación por orden judicial.
- Perjurio en tercer grado § 210.05 – Cuando una persona hace a sabiendas una declaración falsa bajo juramento en una situación en la que la ley exige un testimonio veraz, puede ser acusada de perjurio en tercer grado en Nueva York.
Los tribunales de Nueva York se toman muy en serio la obstrucción a la justicia. Si te han acusado, necesitarás un abogado en delitos menores del Condado de Nassau, Long Island, para defender tus derechos legales.
Delitos financieros y fraude
- Fraude de asistencia pública en quinto grado § 158.05 – Una persona comete este delito al obtener fraudulentamente prestaciones de asistencia pública a las que no tiene derecho.
- Soborno comercial en segundo grado § 180.00 – Cuando una persona ofrece o da un beneficio a un empleado o agente con la intención de influir en su conducta sin el consentimiento de su empleador, puede ser acusada de soborno comercial en segundo grado en el estado de Nueva York.
- Recepción de soborno comercial en segundo grado § 180.05 – Cuando alguien, actuando como empleado o agente, acepta un soborno a cambio de incumplir su deber para con su empleador, puede ser acusado de recepción de soborno comercial en segundo grado según la Ley Penal de Nueva York.
- Posesión en segundo grado de registros de apuestas § 225.15 – Cuando una persona posee a sabiendas registros relacionados con actividades de apuestas ilegales, puede ser acusada de posesión en segundo grado de registros de apuestas en Nueva York.
- Manipulación informática en cuarto grado § 156.20 – Se acusa a una persona de este delito cuando accede a sabiendas a un sistema informático sin autorización y altera o destruye datos.
- Posesión en Tercer Grado de Información de Identificación Personal §190.81 – Una persona es culpable de este delito cuando posee información de identificación personal de otra persona con intención de cometer un delito.
Delitos de drogas y sustancias controladas
- Posesión criminal en séptimo grado de una sustancia controlada § 220.03 – Cuando una persona posee a sabiendas una pequeña cantidad de una sustancia controlada sin una receta válida, puede ser acusada de posesión criminal en séptimo grado de una sustancia controlada en Nueva York.
- Posesión de marihuana en tercer grado § 222.30 – Esto ocurre cuando una persona posee ilegalmente más de una cantidad determinada de cannabis.
- Venta delictiva de marihuana en tercer grado § 222.50 – Se acusa a una persona de este delito cuando vende ilegalmente cannabis en una cantidad superior al límite legal.
- Posesión criminal en segundo grado de material para fabricar met anfetamina § 220.70 – Cuando una persona posee sustancias químicas o equipos específicos con la intención de fabricar metanfetamina, puede ser acusada de posesión criminal en segundo grado en Nueva York.
Aunque los cambios recientes en la ley han hecho que cantidades menores de marihuana sean legales en Nueva York, tener una cantidad ilegal de marihuana o estar en posesión de una sustancia controlada puede conllevar penas de cárcel o libertad condicional por una condena por delito menor en algunos casos. Para obtener asistencia legal, ponte en contacto con el abogado en delitos de drogas del Condado de Nassau, Long Island, Gianni Karmily.
Delito menor de clase B Nueva York
Un delito menor de clase B no es tan grave como un delito menor de clase A. Este tipo de delito se considera un paso por encima de una infracción, que no se considera delito. Algunos ejemplos de delitos menores de Clase B son:
Delitos Menores con Amenaza de Daño
- Amenaza en tercer grado § 120.15 – Una persona comete este delito al hacer temer intencionadamente a otra persona lesiones físicas, lesiones físicas graves o la muerte mediante amenaza física.
- Acoso en primer grado § 240.25 – Se produce cuando una persona persigue repetidamente a otra o adopta una conducta destinada a infundirle un temor razonable de sufrir lesiones físicas.
- Acoso en cuarto grado § 120.45 – Se acusa a una persona de este delito cuando realiza intencionadamente una conducta repetida que hace que otra persona tema razonablemente por su seguridad.
Delitos sexuales y pudor público
- Abuso sexual en tercer grado – § 130.55 – Una persona comete este delito al someter a otra a contacto sexual sin su consentimiento.
- Lascivia pública – § 245.00 – Se produce cuando una persona expone intencionadamente sus partes íntimas de forma lasciva en un lugar público o donde pueda ser observada fácilmente.
- Prostitución – § 230.00 – Esto ocurre cuando una persona participa o acepta u ofrece participar en una conducta sexual a cambio de dinero o algo de valor.
- Permitir la prostitución – § 230.40 – Una persona comete este delito al permitir a sabiendas que sus locales se utilicen para la prostitución.
Incluso los delitos menores de Nueva York conllevan duras penas. Si te enfrentas a una acusación penal, ponte en contacto con Gianni Karmily, abogado penalista en delitos menores del Condado de Nassau, Long Island.
Allanamiento de morada y delitos contra la propiedad
- Allanamiento de morada en tercer grado § 140.10 – Cuando una persona entra o permanece ilegalmente en una propiedad vallada, cerrada o designada para cierto uso restringido, puede ser acusada de allanamiento de morada en tercer grado en Nueva York.
- Puesta en peligro imprudente de la propiedad § 145.25 – Esto ocurre cuando una persona realiza imprudentemente una conducta que crea un riesgo sustancial de dañar la propiedad de otra persona por valor de más de 250 dólares.
- Manipulación Criminal en Tercer Grado § 145.14 – Una persona es culpable de este delito cuando manipula la propiedad de otra persona con la intención de causar molestias sustanciales.
- Posesión de instrumentos para hacer graffiti § 145.65 – Esto ocurre cuando una persona posee herramientas, rotuladores o sustancias diseñadas para hacer graffiti con intención de utilizarlas ilegalmente.
Fraude, Robo y Delitos Empresariales
- Emisión de un cheque sin fondos § 190.05 – Comete este delito quien, a sabiendas, emite o pasa un cheque sin fondos suficientes en la cuenta para cubrirlo.
- Adivinación § 165.35 – Se produce cuando una persona afirma predecir el futuro o influir en los acontecimientos a cambio de dinero o algo de valor.
- Posesión delictiva de un elemento antiseguridad § 170.47 – Se acusa a una persona de este delito cuando posee herramientas o dispositivos diseñados para eludir o inutilizar las medidas de seguridad con intención de utilizarlos ilícitamente.
- Extorsión de alquiler en tercer grado § 180.55 – Una persona comete este delito al cobrar a sabiendas un alquiler excesivo e ilegal, infringiendo la normativa sobre vivienda.
- Mala conducta de un funcionario de empresa § 190.35 – Esto ocurre cuando un directivo o empleado de una empresa actúa ilegalmente en su cargo oficial en beneficio propio o para perjudicar a la empresa.
Obstrucción a la Justicia y a la Administración Pública
- Negarse a Ayudar a un Agente de Policía o de Paz § 195.10 – Una persona comete este delito al negarse a sabiendas a ayudar a un agente de policía o de paz cuando se le ordena legalmente que lo haga.
- Empresario que sanciona ilegalmente a un testigo o a una víctima § 215.14 – Esto ocurre cuando un empresario toma represalias contra un empleado por cooperar como testigo o víctima en un proceso penal.
- Manipulación de un Jurado en Segundo Grado § 215.23 – Se acusa a una persona de este delito cuando intenta influir en la decisión de un jurado mediante una comunicación o conducta no autorizada.
Delitos contra el orden público y la vagancia
- Reunión ilegal § 240.10 – Una persona comete este delito al reunirse con cuatro o más personas con intención de llevar a cabo una conducta violenta o tumultuosa que suponga un riesgo de alarma pública.
- Merodeo en primer grado § 240.36 – Se produce cuando una persona permanece en un lugar público con intención de participar en una actividad relacionada con las drogas, como vender o consumir estupefacientes.
- Molestia criminal de segundo grado § 240.45 – Se acusa a una persona de este delito cuando, a sabiendas o por imprudencia, crea o mantiene una situación, mediante una conducta ilegal o irrazonable dadas las circunstancias, que pone en peligro la seguridad o la salud de un número considerable de personas; o cuando, a sabiendas, explota o mantiene un local donde la gente se reúne para llevar a cabo una conducta ilegal.
- Lesionar en segundo grado a un animal adiestrado para ayudar a una persona con discapacidad § 195.11 – Cuando una persona lesiona intencionadamente a un perro guía, perro de servicio u otro animal adiestrado para ayudar a una persona con discapacidad, puede ser acusada de lesionar en segundo grado a un animal de servicio.
Delitos contra la seguridad pública
- Posesión o venta ilegal de material nocivo § 270.05 – Una persona comete este delito al poseer, fabricar o vender ilegalmente sustancias diseñadas para causar daño, como gases lacrimógenos o bombas fétidas.
- Creación de un peligro § 270.10 – Se acusa a una persona de este delito cuando deja un recipiente grande con tapa de cierre automático en un lugar donde pueda atraer a los niños sin quitar el mecanismo de cierre, o no cubre un pozo o fosa séptica abandonados con una construcción protectora adecuada.
- Negarse ilegalmente a ceder una línea compartida § 270.15 – Estos cargos se aplican cuando una persona se niega a sabiendas a ceder un teléfono compartido cuando otra persona lo necesita para una emergencia. Este cargo se asocia con frecuencia a situaciones domésticas en las que una de las partes supuestamente bloquea el acceso a los servicios de emergencia. Ponte en contacto con el abogado defensor de violencia doméstica de Long Island, Gianni Karmily, para obtener más información.
- Conspiración en Sexto Grado – § 105.00 – Una persona comete este delito al ponerse de acuerdo con una o más personas para llevar a cabo una conducta que constituye un delito.
Delito menor no clasificado Nueva York
Estas infracciones penales se conocen como delitos menores no clasificados. Estos delitos pueden ser tan graves como otros delitos menores, aunque no pertenezcan a los delitos menores de Clase A o Clase B. Algunos ejemplos son:
- Conducir con el permiso suspendido (AUO) Ley de Vehículos y Tráfico § 511 – AUO significa Operación Agravada sin Licencia. En estos casos de delito menor, la persona se enfrentará a cargos por conducir con el permiso suspendido en Nueva York.
- Conducir en estado de embriaguez (DWI) Ley de Vehículos y Tráfico § 1192(2) y § 1192(3) – Los DWIs de primera infracción son delitos menores en Nueva York, mientras que los DWIs de segunda infracción y los DWIs de tercera infracción en Nueva York son delitos graves. Si te enfrentas a cargos por conducir ebrio en Nueva York, ponte en contacto con el abogado penalista Gianni Karmily.
- Conducción temeraria – Ley de Vehículos y Tráfico § 1212 – Cuando una persona conduce de forma que interfiere irrazonablemente en el uso de una vía o pone en peligro a los demás, como el exceso de velocidad o las maniobras agresivas, puede enfrentarse a cargos por conducción temeraria en Nueva York.
Infracciones en Nueva York
En el estado de Nueva York, las infracciones comunes son delitos no graves, menos graves que las faltas y los delitos graves, que suelen castigarse con multas o penas de cárcel en la cárcel local de hasta 15 días.
- Novatada de segundo grado § 120.17 – Una persona comete una novatada de segundo grado al participar en un ritual de iniciación o afiliación que crea un riesgo sustancial de lesiones físicas a otra persona.
- Conducta desordenada § 240.20 – Cuando una persona tiene un comportamiento perturbador u ofensivo en público, como pelearse, hacer ruido irrazonable u obstruir el tráfico, puede enfrentarse a cargos por conducta desordenada en Nueva York.
- Aparecer en público bajo los efectos de estupefacientes o de una droga distinta del alcohol § 240.40 – Esto ocurre cuando una persona está visiblemente bajo los efectos de las drogas en un lugar público hasta el punto de que se pone en peligro a sí misma o a otros o a la propiedad, o molesta a las personas que están cerca.
- Posesión Ilegal de Marihuana § 221.05 – Una persona comete este delito al poseer a sabiendas una pequeña cantidad de marihuana que supera el límite legal de posesión.
¿Cuál es la pena máxima por un delito menor en Nueva York?
Las penas por una condena por delito menor en Nueva York variarán en función de varios factores, incluida la clasificación del delito.
Delito menor de clase A Castigo en NY
Los delitos menores de clase A son los delitos menores más graves de Nueva York según la Ley Penal de Nueva York y conllevan penas importantes. Una condena puede acarrear hasta 364 días en la cárcel del condado, libertad condicional durante un máximo de tres años y multas de hasta 1,000 dólares (o más en determinados casos). Otras consecuencias pueden incluir servicios a la comunidad, programas de tratamiento obligatorios y antecedentes penales permanentes. Aunque los delitos menores no son tan graves como los graves, una condena puede afectar al empleo, la vivienda y la licencia profesional.
En algunos casos, puede ser posible reducir los cargos, conseguir una condena alternativa o incluso que se desestime el caso. Ponte en contacto con el abogado penalista Gianni Karmily, del Condado de Nassau, Long Island, para informarte sobre tus derechos legales.
Delito menor de clase B Castigo en NY
Los delitos menores de clase B son delitos menores de menor gravedad en Nueva York, pero siguen acarreando consecuencias legales. Una condena por delito menor puede acarrear hasta 90 días en la cárcel del condado, libertad condicional de hasta un año (o hasta tres años por condenas por lascivia pública) y multas de hasta 500 dólares. Aunque las penas son menos graves que las de un delito menor de clase A, una condena puede conllevar antecedentes penales, servicios comunitarios, programas obligatorios y posibles dificultades de empleo o vivienda. Contar con una defensa legal sólida puede ayudar a minimizar estas penas, negociar alternativas a la cárcel o incluso conseguir que se desestimen los cargos.
Delito menor no clasificado Pena NY
Las penas por un delito menor no clasificado pueden variar en función del delito. Pero, en general, la ley establece que no pueden condenarte a más de 364 días de cárcel por una condena por un delito menor no tipificado.
Consecuencias adicionales de una condena por delito menor
- Antecedentes penales que pueden afectar al empleo, la vivienda y la situación en materia de inmigración
- Posible suspensión o revocación del permiso de conducir por infracciones de tráfico
- Programas obligatorios de rehabilitación, servicio comunitario o control de la ira
Delitos Menores vs. Delitos Graves en Nueva York
En Nueva York, los cargos penales se clasifican en delitos menores o mayores, dependiendo de su gravedad.
Las condenas por delitos graves en el estado de Nueva York pueden conllevar penas de más de un año de prisión. Los cargos por delitos graves se dividen en cinco clases: A, B, C, D y E, siendo los delitos graves de clase A los más graves (por ejemplo, asesinato) y los de clase E los menos graves (por ejemplo, ciertos tipos de robo o fraude). Las condenas por delitos graves pueden conllevar largas penas de prisión, multas elevadas y antecedentes permanentes que afectan al empleo y a las prestaciones.
Según la Ley Penal de Nueva York, los delitos menores son menos graves que los delitos graves. Las condenas por delitos menores conllevan penas máximas de hasta 364 días de cárcel. Algunos delitos menores dan lugar a libertad condicional, multas y/o servicios a la comunidad en lugar de una condena de cárcel local.
Una distinción clave entre delitos graves y delitos leves es el impacto en los antecedentes penales, el derecho de voto, la posesión de armas de fuego y las oportunidades de empleo. Ciertas reincidencias o circunstancias (como el uso de un arma) pueden elevar un caso de delito menor a delito grave. Esto puede significar que el acusado, si es condenado, puede pasar tiempo en la prisión estatal en lugar de en la cárcel local.
Si te enfrentas a cargos por delitos graves en Nueva York, ponte en contacto con el abogado penalista Gianni Karmily, del Condado de Nassau, Long Island.
Cómo puede ayudar un abogado penalista con cargos por delitos menores en Nueva York
El abogado penalista Gianni Karmily, del Condado de Nassau, Long Island, te ayudará en tu caso de las siguientes maneras:
- Evaluar los detalles del caso y desarrollar una defensa legal sólida
- Negociar acuerdos de culpabilidad u opciones de condena alternativas
- Impugnar pruebas y errores procesales ante los tribunales
- Trabaja para reducir los cargos de delito menor a infracción
- Representar a clientes en los tribunales penales para desestimar los cargos o conseguir absoluciones
¿Necesito un abogado para un delito menor por primera vez en Nueva York?
Mucha gente cree que no necesitará un abogado defensor porque los delitos menores de Nueva York no son graves. Pero si te condenan por un delito menor, podrías tener antecedentes penales que te perseguirán el resto de tu vida. Tener una condena en tu historial puede afectar a tus oportunidades de empleo, a tu reputación y a otros aspectos de tu vida. La cárcel y la libertad condicional son también una posibilidad si te condenan por un delito menor.
Los cargos por delitos menores según la ley de Nueva York no desaparecerán si los ignoras. La única forma realista de vencer estos cargos -y evitar las penas de una condena- es contratar a un abogado en defensa penal. Deja que el abogado de delitos menores del Condado de Nassau, Long Island, Gianni Karmily, proteja tus derechos y te ayude a limpiar tu nombre.
Llama hoy a un abogado defensor de delitos menores del Condado de Nassau, Long Island
¿Te han acusado de un delito menor en el Condado de Nassau, Long Island? Las condenas por delitos menores en Nueva York conllevan duras penas. Defiéndete con la ayuda del abogado penalista Gianni Karmily de la Firma de Abogados de Gianni Karmily, PLLC. Gianni ha dedicado su carrera a ayudar a personas acusadas de cometer delitos menores y graves a luchar por su libertad. Deja que persiga agresivamente el mejor resultado posible en tu caso.
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