Los términos «agresión» y «lesiones» suelen utilizarse indistintamente debido a sus similitudes, pero puede resultar difícil entender la diferencia entre agresión y lesiones. ¿Son el asalto y la agresión delitos iguales o diferentes en Nueva York ¿Cómo se define asalto y agresión en la legislación de Nueva York? A continuación, el abogado penalista Gianni Karmily explica las diferencias entre agresión y lesiones, así como el modo en que Nueva York clasifica los distintos actos de agresión. Si te enfrentas a un cargo de agresión en Nueva York, en el condado de Nassau, en Long Island, el abogado defensor de agresiones Gianni Karmily está aquí para ayudarte a defender tus derechos utilizando defensas estratégicas de agresión en Nueva York. Llama a nuestra sede de Great Neck al (516) 630-3405 o a nuestra sede de Hempstead al (516) 614-4228 para programar una evaluación inicial del caso con el abogado Karmily en relación con tu cargo penal.
¿Cómo se define la agresión con lesiones en Nueva York?
Cuando se habla de agresión frente a lesiones, ¿son delitos iguales o diferentes en Nueva York? En Nueva York, la agresión se define como golpear a alguien con fuerza física suficiente para causarle lesiones corporales. Esto puede hacerse intencionadamente, sin intención o con un arma peligrosa o mortal. El término agresión, que en muchas otras jurisdicciones se refiere al uso intencionado e ilegal de la fuerza física contra otra persona, no es un delito distinto en Nueva York. En cambio, las acciones que tradicionalmente se clasificarían como agresión entran dentro de la definición legal de agresión de Nueva York. Mientras que en algunos estados el asalto y la agresión son delitos separados y distintos, la ley de Nueva York trata el asalto y la agresión como un solo delito -asalto- sin un cargo separado de agresión. Esto significa que cualquier acto que implique un contacto físico no deseado o perjudicial que provoque lesiones se considera agresión según la Ley Penal de Nueva York. Así pues, la agresión se considera parte de la agresión, aunque no exista un cargo específico denominado «agresión» en la ley de Nueva York.
¿Cuál es la diferencia entre agresión y lesiones en Nueva York?
La principal diferencia entre asalto y agresión en Nueva York es que el asalto es un delito penal, mientras que la agresión es un delito civil. En Nueva York, una persona puede recibir cargos por agresión, pero no puede recibir cargos por agresión o por agresión con lesiones, ya que la agresión sólo se utiliza en los tribunales civiles.
¿Cómo se comparan los cargos por agresión de Nueva York con los cargos por agresión de otros estados?
A diferencia del estado de Nueva York, muchos otros estados de EE.UU. tratan los cargos por agresión y por lesiones como dos delitos distintos, y un cargo por agresión o por lesiones da lugar a una detención. En general, el delito de agresión es el acto de establecer contacto físico ilegal con otra persona. A diferencia de la agresión, el asalto se define como el acto de hacer temer a alguien que está en peligro de contacto físico ilegal. En otros estados, alguien podría ser acusado de agresión o lesiones por hacer daño o amenazar con hacer daño a alguien. En Nueva York, sin embargo, sólo se enfrentaría a un cargo de agresión por estas acciones, ya que la agresión no está definida en la Ley Penal de Nueva York. Los actos que se considerarían un caso de agresión con agravantes en otros estados entran dentro de la definición de agresión con agravantes de Nueva York. Además, lo que en otros estados se podría calificar de agresión civil -amenazar a alguien y causarle miedo de sufrir un daño inminente- suele tratarse como un cargo de amenaza en Nueva York. La amenaza consiste en infundir intencionadamente a alguien miedo de sufrir daños graves o de morir, sin necesidad de hacerle daño físico. Según la ley de Nueva York, el comportamiento amenazador que causa miedo sin contacto físico real o sin uso real de la fuerza se procesa generalmente como amenaza, mientras que las lesiones físicas dan lugar a cargos por agresión. Así pues, las acciones que en otros estados se separan en cargos de agresión y lesiones, en Nueva York se engloban en agresión y amenaza.
Daño corporal frente a lesión corporal en las leyes de agresión de Nueva York
Muchos estados definen la agresión con lesiones como actos que causan «daños corporales» o amenazan con causar daños corporales a otra persona. El daño corporal suele referirse a cualquier contacto, herida o lesión ofensiva a otra persona. En cambio, la ley de Nueva York define la agresión como un acto que causa lesiones corporales. Nueva York define «lesión corporal» como el deterioro de la condición física o el dolor sustancial.
¿Qué es un «daño corporal grave» según la ley de Nueva York?
La ley de Nueva York también define «lesión física grave» como cualquier lesión que cause desfiguración permanente, deterioro de la salud, pérdida o deterioro de la función de cualquier órgano, riesgo sustancial de muerte o fallecimiento, similar a la definición de «gran daño corporal» o «lesión física grave» de otros estados.
Agresión intencionada en Nueva York
En Nueva York, una persona puede recibir cargos por agresión, pero también puede ser responsable económicamente ante un tribunal civil. Según la ley de responsabilidad civil de Nueva York, la agresión se define como un acto que crea una amenaza física de daño sin contacto físico real. En otros estados, la definición de agresión civil suele implicar la creación de miedo a un daño inminente, de forma muy parecida al delito doloso de agresión de Nueva York. Sin embargo, Nueva York aborda este mismo comportamiento en los casos penales mediante cargos de amenaza. En el estado de Nueva York, la amenaza penal se produce cuando una persona infunde intencionadamente a otra el temor de sufrir lesiones graves inminentes o de morir sin hacerle daño físico ni entrar en contacto con ella. Así, la conducta que se consideraría agresión civil en otros estados tiene su equivalente penal más cercano en los estatutos de amenaza de Nueva York.
Contacto dañino u ofensivo
Amenazar a alguien puede causar graves daños al bienestar emocional de una persona. Si un acto hiciera creer a una persona razonable que corre peligro de sufrir daños, la víctima amenazada podría demandar al agresor por agresión civil.
Esto puede ocurrir cuando alguien establece un contacto dañino u ofensivo, que se define como:
- Cualquier contacto que cause daño físico o
- Cualquier contacto no consentido que no cause daño físico.
En caso de contacto dañino u ofensivo, la víctima puede ser indemnizada por facturas médicas, salarios perdidos y otros daños. Estos agravios civiles permiten a las víctimas de agresiones criminales solicitar una indemnización mediante una demanda civil por lesiones.
Niveles de agresión según la ley del Estado de Nueva York
Nueva York clasifica los distintos actos de agresión en diferentes niveles, o grados, en función de su gravedad. Los cargos pueden incluir agresión en primer, segundo y tercer grado, agresión a un agente de policía, agresión con agravantes y agresión con agravantes a un menor. Cada grado conlleva sus propias consecuencias potenciales, por lo que si te han acusado o imputado por agresión en Nueva York, es importante que sepas a qué cargo o cargos de agresión te enfrentas realmente. Un abogado penalista puede ayudarte a comprender los cargos penales y las posibles penas asociadas a la acusación de agresión, proporcionándote el mejor curso de acción para tu caso.
Agresión en tercer grado o agresión simple
En Nueva York, la agresión en tercer grado o agresión simple son delitos menores de clase A, que son los delitos menores más graves según la legislación de Nueva York. Se puede acusar a alguien de cometer agresión en tercer grado si
- Causar intencionada o imprudentemente lesiones físicas a otra persona
- Causar lesiones físicas a otra persona mediante el uso de un arma mortal o un instrumento peligroso como resultado de una negligencia criminal.
Si te han acusado de agresión en tercer grado o agresión simple, ponte en contacto con el abogado defensor de delitos menores del condado de Nassau, Long Island, Gianni Karmily.
Agresión en segundo grado
La agresión en segundo grado puede dar lugar a un cargo de delito grave de clase D en Nueva York, que, aunque menos grave que los demás cargos de agresión, sigue siendo un cargo penal grave. Una persona puede ser acusada de agresión en segundo grado si
- Causar intencionadamente lesiones físicas graves a otro con o sin el uso de un arma mortal;
- Causar imprudentemente lesiones físicas graves a otro mediante el uso de un arma mortal o un instrumento peligroso;
- Drogues intencionadamente a otra persona con la intención de causarle estupor, inconsciencia o deterioro físico o lesiones;
- Lesionar a una persona durante la comisión o el intento de comisión de un delito grave o al huir del lugar de los hechos de esos delitos distintos;
- Causar intencionadamente lesiones físicas a personas de distintas profesiones o grupos de edad en diversas circunstancias.
En Nueva York, la agresión con vehículo en segundo grado suele considerarse un delito grave de clase E. Sin embargo, puede elevarse a delito grave de clase D en determinadas circunstancias agravantes, como cuando el conductor tiene una tasa de alcoholemia de 0,18 o superior, causa lesiones graves a varias personas o tiene antecedentes por conducir ebrio.
La agresión imprudente a un niño también puede dar lugar a un delito grave de clase D. Esto ocurre cuando alguien causa imprudentemente lesiones físicas graves a un menor de 18 años.
Agresión en Primer Grado o Agresión Agravada a un Agente de Paz o Policía
La agresión en primer grado y la agresión con agravantes a un agente de policía son algunas de las formas más graves de cargos por agresión según la legislación de Nueva York, y dan lugar a cargos por delitos graves de clase B. Alguien comete agresión en primer grado cuando
- Causar lesiones físicas graves a alguien con un arma mortal o peligrosa;
- Desfigura intencionadamente a una persona y/o destruye o daña permanentemente un órgano de una persona;
- Poner imprudentemente en peligro la vida de alguien, provocando lesiones físicas graves; o
- Causar lesiones físicas graves al cometer o intentar cometer un delito grave o al huir de la escena del crimen.
Alguien comete agresión con agravantes contra un agente de policía cuando utiliza un arma mortal o peligrosa para causar lesiones físicas graves a:
- Una persona que saben, o deberían saber razonablemente, que es un agente de policía; o
- Un agente de policía que realiza funciones oficiales.
La agresión en primer grado a una banda también puede dar lugar a un delito grave de clase B en el estado de Nueva York. Si te han acusado de un delito grave, ponte en contacto con el abogado en delitos graves del condado de Nassau, Long Island, Gianni Karmily, para ver cómo puede ayudarte con tu caso.
Agresión vehicular con agravantes
En Nueva York, una persona puede ser acusada de agresión con vehículo con agravantes si conduce de forma temeraria y comete una agresión con vehículo en segundo grado, tal como se define en la el artículo 120.03, y
- Tener una tasa de alcoholemia igual o superior a 0,18;
- Tener suspendida o revocada la licencia en cualquier estado;
- Haber sido condenado por conducir ebrio;
- Causar lesiones físicas graves a varias personas; o
- Tener un niño pasajero menor de quince años y causar lesiones graves (en relación con la Ley de Leandra en Nueva York)
La agresión vehicular con agravantes en Nueva York puede dar lugar a cargos de delito grave de clase C. Los delitos graves de clase C también se aplican a la agresión a un juez, a la agresión en segundo grado a una banda y a la agresión a la policía o a los primeros intervinientes.
Agresión con agravantes a un menor de 11 años
Según la ley de Nueva York, la agresión con agravantes a un menor de 11 años es un delito grave de clase E.
La agresión con agravantes a un menor se produce cuando alguien
- Comete agresión en tercer grado contra un menor de 11 años;
- No es menor en el momento del delito; y
- Ha sido condenado anteriormente por un delito contra una persona menor de 11 años en los últimos diez años.
Un proveedor de servicios de guardería puede enfrentarse a las mismas penas si comete una agresión imprudente contra un menor mientras éste está a su cargo.
Abogado Criminalista del Condado de Nassau, Long Island
Cuando te enfrentas a cargos penales, es importante contar con un abogado defensor de delitos violentos del condado de Nassau, Long Island, que pueda ponerte en la mejor posición para evitar sanciones penales graves como la cárcel. En el Bufete de Abogados de Gianni Karmily, PLLC, Gianni Karmily evaluará las circunstancias que rodean tus presuntos delitos y desarrollará una defensa legal eficaz contra tus cargos penales. Da los primeros pasos hacia la justicia: rellena el formulario en línea o llama a la oficina de Great Neck al (516) 630-3405 o a la de Hempstead al (516) 614-4228 para programar una evaluación de tu caso con el abogado Karmily en relación con tus cargos penales.